Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mesoiro.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar la sanción con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso posterior) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago. Es fundamental presentar el recurso dentro de este periodo de 20 días para evitar que la sanción gane firmeza.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de velocidad, debes buscar errores en el procedimiento administrativo o en el equipo de medición:
- Falta de identificación: Si el vehículo no está correctamente identificado o la matrícula es ilegible.
- Ausencia de fotografía: La ley exige que la prueba sea aportada; si no hay foto o esta es borrosa, la multa es nula.
- Error en el cinemómetro: El radar debe tener el certificado de verificación periódica vigente. Si el margen de error del aparato no se ha aplicado correctamente según la normativa (Orden ICT/155/2020), la sanción es recurrible.
- Falta de ratificación: En ocasiones, el agente no ratifica la denuncia o no especifica el lugar exacto de la infracción en Mesoiro, lo cual genera indefensión.
- Ausencia de señalización: Si la vía no contaba con la señalización adecuada que advirtiera de la presencia de controles de velocidad.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mesoiro o por internet.
Las multas por exceso de velocidad en vías interurbanas son competencia de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de A Coruña). Si la multa fue impuesta por la Policía Local en el casco urbano de Mesoiro, el organismo competente es el Ayuntamiento de A Coruña.
La vía más eficiente es la telemática:
- Sede Electrónica de la DGT: Utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
- Ayuntamiento de A Coruña: A través de su sede electrónica, buscando el trámite específico de "Alegaciones a sanciones de tráfico".
- Presencialmente: En los registros oficiales de la Administración General del Estado o en las oficinas de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento, previa cita.
Además de vigilar los radares, es crucial estar atento a las nuevas restricciones de movilidad. Puedes consultar