Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mesas (Las)
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Las Mesas, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde su notificación para decidir: o pagas con una reducción del 50%, o presentas un recurso o alegaciones. Ojo, si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que tus argumentos deben ser sólidos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares son máquinas y, como tales, fallan o incumplen la normativa. Para tumbar una multa de velocidad, revisa con lupa la denuncia buscando estos errores que invalidan la sanción:
- Falta de la fotografía o mala calidad: Deben aparecer dos fotogramas del vehículo o una foto donde se vea claramente la matrícula y el contexto. Si hay dudas sobre qué coche es el sancionado, la multa cae.
- Margen de error del cinemómetro: La Ley exige aplicar un margen de error al radar según esté estático o en movimiento (normalmente de 3 km/h o un 5% para velocidades inferiores o superiores a 100 km/h). Si no se ha aplicado, la sanción es nula.
- Certificado de homologación y revisión periódica: El radar debe haber pasado la ITV en el Centro Español de Metrología (CEM). Pide el certificado de verificación periódica; si está caducado o no se aporta, la multa es recurrible al 100%.
- Identificación incorrecta del conductor: Si el radar es de caja fija y no te pararon en el acto, el titular debe identificar al conductor, pero la Administración tiene plazos estrictos para notificar (3 meses para infracciones leves y 6 para graves/muy graves). Si ha pasado ese tiempo, prescribe.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mesas (Las) ou por internet
Al tratarse de una multa de radar por exceso de velocidad, la competencia suele recaer en la Dirección General de Tráfico (DGT) o, excepcionalmente, en el organismo autonómico o local si la vía es de titularidad municipal. Para presentar tu pliego de descargo tienes dos vías principales: de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT (si dispones de Certificado Digital, Cl@ve o DNI electrónico) o presencialmente en las Jefaturas Provinciales de Tráfico. También puedes aprovechar para revisar otros aspectos de la vía y