Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Merca (A).
Si has recibido una sanción por exceso de velocidad, el tiempo es tu mayor enemigo. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (lo cual implica renunciar a cualquier derecho a recurso) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el hecho; hay que atacar la validez del procedimiento administrativo. Los defectos de forma más eficaces son:
- Ausencia de la foto o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, obligatoriamente, la placa de matrícula debe ser perfectamente legible.
- Falta de identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y el vehículo es de empresa o alquilado, el procedimiento puede ser recurrido.
- Ausencia del certificado de calibración: Todo radar debe haber pasado una revisión metrológica en vigor. Si la Administración no aporta el certificado del Centro Español de Metrología, la multa es nula.
- Error en los datos técnicos: Comprueba que el punto kilométrico, la fecha, la hora y el margen de error aplicado (dependiendo de si el radar es fijo o móvil) sean exactos según la normativa vigente.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Merca (A) o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (vía interurbana), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico. Si la sanción fue impuesta por la policía local de Merca (A) en zona urbana, el recurso debe dirigirse a la Concejalía de Tráfico del Ayuntamiento de Merca.
Puedes presentar tus alegaciones de tres formas:
- Sede Electrónica: Es la opción más rápida. Accede a la web de la DGT o a la sede electrónica del Ayuntamiento de Merca utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Correo Postal: Envía el escrito mediante correo administrativo en cualquier oficina de Correos, asegurándote de que sea certificado y con acuse de recibo.
- Presencial: Acudiendo a las oficinas de registro del Ayuntamiento de Merca o a la Jefatura de Tráfico correspondiente, solicitando siempre cita previa.
Además de vigilar tu velocidad, es fundamental que te asegures de cumplir con las restricciones de acceso al centro de la ciudad. Puedes consultar el