Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Melida
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Melida, tienes dos caminos: acatar la sanción acogiéndote al 50% de descuento por pronto pago o iniciar la vía de alegaciones. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para decidir si pagas a mitad de precio o si, por el contrario, presentas un recurso formal para intentar anularla por completo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los expedientes sancionadores por velocidad suelen archivar con frecuencia si se revisan al milímetro. Para tumbar la multa, debes buscar los siguientes fallos administrativos:
- Falta de identificación clara del cinemómetro: La denuncia debe especificar la marca, modelo y número de serie del radar.
- Ausencia de certificado de la ITV vigente: El radar debe haber superado la verificación periódica obligatoria en el Centro Español de Metrología (CEM). Exige siempre el certificado.
- Márgenes de error no aplicados: La ley obliga a restar un margen de error según la velocidad y si el cinemómetro es fijo o móvil (habitualmente 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h o un 5% si es superior). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Fotografía defectuosa: Si aparecen dos vehículos en la imagen o la placa no es perfectamente legible, la prueba carece de validez jurídica.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Melida o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, deberás dirigir tu escrito a un sitio u otro. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), la multa suele gestionarse a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía donde se cometió la infracción es competencia municipal, tendrás que recurrir ante el Ayuntamiento de Melida. La forma más rápida, segura y con validez jurídica inmediata es presentar el recurso de alegaciones por vía telemática a través del Registro Electrónico Común (REC) o de la Sede Electrónica de la DGT si dispones de certificado digital o Cl@ve.
Además de vigilar tu velocidad en carretera, es fundamental controlar por dónde circulas en núcleos urbanos y restricciones de acceso. Para curarte en salud, te recomiendo consultar