Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mayorga
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a presentar alegaciones) o presentar un recurso administrativo. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen motivos técnicos sólidos para ganar el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de radar, no basta con alegar desconocimiento; debes buscar errores en el procedimiento administrativo o en el equipo de medición. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Identificación del cinemómetro: La denuncia debe incluir el modelo, número de serie y la fecha de la última certificación del Instituto Nacional de Metrología. Si estos datos faltan o el certificado está caducado, la multa es nula.
- Márgenes de error: Los radares deben aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (según la norma UNE 26444). Si la velocidad captada está dentro del margen de error técnico del aparato, el recurso prosperará.
- Fotografía: La imagen debe ser clara. Si no se identifica correctamente la matrícula o aparecen varios vehículos en el encuadre, la prueba no es concluyente.
- Defectos en la notificación: Si la multa llegó fuera de plazo (la administración tiene 3 meses para multas leves y 6 meses para graves/muy graves desde la infracción) o si tus datos personales son incorrectos, el procedimiento debe archivarse.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mayorga o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (lo habitual en carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Valladolid. Si la infracción ocurrió dentro del casco urbano de Mayorga por un radar municipal, deberás dirigirte al Ayuntamiento de Mayorga.
La forma más rápida y efectiva es realizar la gestión a través de la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito de alegaciones en cualquier oficina de Correos (en sobre abierto) o en los registros de las Delegaciones del Gobierno. Recuerda que, además de evitar multas por velocidad, es vital cumplir con las nuevas normativas de circulación; para ello, puedes consultar