Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Marismillas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvida el descuento. El plazo máximo para presentar el recurso es de 20 días desde que recibes la notificación oficial.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de radar, debes buscar errores técnicos o administrativos que rompan la presunción de veracidad del agente. Los puntos clave a revisar son:
- Certificado de verificación: El radar debe haber pasado su revisión periódica. Solicita el certificado vigente; si ha caducado o no se adjunta, la multa es nula.
- Margen de error: Comprueba la velocidad detectada frente a la velocidad máxima permitida. La normativa exige aplicar los márgenes de error legalmente establecidos según el tipo de cinemómetro (fijo o móvil). Si no se ha aplicado, el cálculo es incorrecto.
- Identificación del vehículo y conductor: Verifica que la matrícula, el modelo del coche, la fecha, la hora y el punto kilométrico sean exactos. Cualquier discrepancia en la fotografía (mala calidad, vehículo no claramente identificable) es motivo de recurso.
- Ausencia de señalización: Si la vía no contaba con la señalización adecuada que advirtiera de la presencia de controles de velocidad, el procedimiento puede ser anulado.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Marismillas o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (lo más habitual en carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción proviene de un radar municipal en vías urbanas de Marismillas, debes dirigir el escrito al Ayuntamiento de la localidad.
La forma más eficiente de presentar las alegaciones es a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a cualquier Registro Público para que remitan tu escrito al organismo sancionador. Recuerda que, además de evitar estas sanciones, puedes consultar