Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Marín
Si has sido sancionado por un radar en Marín, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo que implica admitir la culpa y renunciar a cualquier recurso administrativo) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con alegar que "íbamos rápido"; debemos buscar errores técnicos en la denuncia que invaliden el procedimiento administrativo:
- Ausencia de la foto o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, en ocasiones, al conductor. Si no es legible, la multa es nula.
- Falta de metrología: Todo radar debe contar con un certificado de verificación periódica en vigor. Si el cinemómetro no ha pasado la revisión técnica obligatoria, la medición carece de validez legal.
- Error en la identificación: Errores en la matrícula, en el punto kilométrico exacto o en la fecha y hora de la infracción.
- Ausencia de margen de error: La DGT debe aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (según el tipo de radar y velocidad). Si la sanción no contempla este margen, es recurrible.
- Falta de notificación correcta: Si el vehículo no fue parado en el acto, la notificación debe cumplir los requisitos de identificación del titular. Si la Administración no justifica la imposibilidad de parar el vehículo, el procedimiento puede ser anulado.
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Dependiendo de quién haya gestionado la multa, el organismo competente variará:
- Si la multa la puso la Guardia Civil o es en carretera interurbana: La competencia es de la Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra. Puedes presentar el recurso a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve, o enviarlo por correo postal a la Jefatura de Pontevedra.
- Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Marín: Deberás dirigir el escrito al Ayuntamiento de Marín, concretamente a su departamento de Sanciones o a través de su Registro Electrónico.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Para evitar futuras sanciones por acceso indebido a zonas restringidas, te recomendamos consultar siempre