Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mañofre-Fontan
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo cual implica renunciar a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que no ibas rápido; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín. Busca estos errores en la notificación recibida:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar y la fecha de su última revisión periódica. Si no consta o ha caducado, la sanción es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida, mostrar la matrícula y, si hay varios vehículos, debe quedar claro cuál es el sancionado.
- Error en los márgenes de error: Según la normativa actual, los radares deben aplicar un margen de error específico (habitualmente 3 km/h en radares fijos hasta 100 km/h o el 3% si es superior). Si el radar no ha aplicado este margen, la sanción es recurrible.
- Ausencia de señalización previa: Si el radar estaba instalado en una zona donde no existía señalización vertical u horizontal que avisara de su presencia, se puede solicitar la anulación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mañofre-Fontan o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Mañofre-Fontan, debes dirigir el escrito de alegaciones a la Concejalía de Tráfico del Ayuntamiento de dicha localidad. Si la sanción proviene de un radar de la DGT (en vías interurbanas), el escrito debe enviarse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica del organismo sancionador mediante certificado digital o sistema Cl@ve. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a las oficinas de registro municipal o a cualquier oficina de correos mediante correo administrativo (sobre abierto para que sea sellado y fechado). Recuerda siempre adjuntar copia de la notificación y las pruebas que acrediten tus alegaciones.
Finalmente, recuerda que muchas sanciones actuales están vinculadas a accesos indebidos en zonas restringidas. Para evitar sorpresas, te recomendamos utilizar