Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mallen.
Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo cual implica la renuncia a presentar alegaciones) o la interposición de un recurso administrativo. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen causas técnicas justificadas para la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que una multa de radar prospere, la Administración debe cumplir estrictamente con los requisitos legales. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe haber aplicado el margen de error legal (habitualmente del 5% o 7% según el tipo de radar y velocidad). Si la velocidad sancionada no refleja este descuento, la multa es nula.
- Certificado de calibración: El radar debe tener una certificación vigente. Solicita el último certificado de verificación periódica; si ha caducado o no se aporta, la prueba carece de validez legal.
- Identificación del vehículo y conductor: La fotografía debe ser clara. Si la matrícula no es legible o si el agente no ha identificado correctamente al conductor cuando era obligatorio, puedes solicitar el archivo del expediente.
- Datos incompletos: Comprueba que consten el modelo de cinemómetro, su número de serie, la fecha, hora exacta y el punto kilométrico preciso. Cualquier omisión en estos datos fundamentales invalida la denuncia.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mallen o por internet.
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (en vías interurbanas o autovías como la A-68 a su paso por Mallen), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza. Si la sanción fue impuesta por la Policía Local de Mallen en zona urbana, el recurso debe dirigirse al Ayuntamiento de Mallen.
La forma más rápida y eficaz es realizar el trámite de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado utilizando certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar las pruebas documentales que sustenten tus alegaciones.
Recuerda que, además de la velocidad, las normativas de circulación urbana son cada vez más estrictas. Para evitar sanciones adicionales por acceder a zonas restringidas, te recomendamos consultar siempre