Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Lobon
Si has sido sancionado por un radar en Lobon, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con el 50% de descuento (lo que implica admitir la culpa y renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con alegar "no iba tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la denuncia que invaliden el procedimiento administrativo:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar un margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según el tipo de radar y si es fijo o móvil). Si la velocidad captada es la que figura en la multa sin aplicar este margen, es recurrible.
- Certificado de calibración caducado: Exige el certificado de verificación periódica del aparato. Si el radar no ha pasado su revisión anual, la prueba es nula.
- Identificación del vehículo o conductor: Si la foto no es clara, la matrícula no es legible o falta la firma del agente (en radares móviles), la denuncia carece de validez probatoria.
- Ubicación incorrecta: Comprueba que el punto kilométrico coincida con la vía y el sentido de circulación.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Lobon o por internet
La mayoría de los radares en carreteras interurbanas dependen de la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT). Si la multa fue impuesta por la Guardia Civil, deberás dirigir tu escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Lobon, el organismo competente es el propio Ayuntamiento de Lobon.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (usando certificado digital o Cl@ve) o mediante el registro electrónico de tu ayuntamiento si la competencia es local. Recuerda que, además de vigilar los límites de velocidad, es vital cumplir con las restricciones de movilidad urbana; puedes utilizar