Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Llucmajor.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la responsabilidad y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para que un recurso prospere, no basta con decir que no estabas allí; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente lo siguiente:
- Falta de identificación: Si el vehículo es de empresa o ha sido vendido, y no se identifica al conductor, la multa es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La ley exige que la imagen sea clara. Si no hay foto, o la matrícula no es legible, la sanción carece de prueba.
- Certificado de calibración (Metrología): El cinemómetro debe haber pasado la revisión anual obligatoria. Solicita el certificado de verificación periódica; si ha caducado o no se aporta, la multa debe ser anulada.
- Márgenes de error: Verifica que la administración haya aplicado el margen de error legal (habitualmente 3% o 5% según el tipo de radar) sobre la velocidad detectada.
- Notificación defectuosa: Si no hubo parada obligatoria y la notificación llegó tarde, puede haber prescripción.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Llucmajor o por internet.
Dependiendo de quién haya emitido la sanción, el organismo varía:
- Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Llucmajor: Debes dirigir el recurso al Ayuntamiento de Llucmajor. Puedes presentarlo presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) o a través de su sede electrónica oficial.
- Si la multa proviene de la DGT (radares en autovías como la MA-19): El recurso se presenta ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Baleares. El método más ágil es el portal "Mi DGT" mediante certificado digital o Cl@ve.
Recuerda que, además de los radares, la normativa urbana está cambiando. Es recomendable utilizar herramientas como