Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Llerena.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín de denuncia. Revisa minuciosamente lo siguiente:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar con claridad el vehículo y, preferiblemente, la matrícula. Si es borrosa, es un motivo claro de nulidad.
- Falta de certificación del radar: Exige el certificado de verificación periódica del cinemómetro. Si el equipo no ha pasado la revisión técnica anual o si el informe no está actualizado, la sanción es nula.
- Error en la ubicación o el margen de error: Comprueba si el punto kilométrico indicado coincide con la señalización de velocidad máxima. Además, el radar debe aplicar el margen de error legal establecido por la normativa vigente (Ley de Metrología).
- Defectos en la notificación: Si la multa llegó a tu domicilio fuera de plazo (la administración tiene hasta 3 meses para infracciones leves y 6 para graves o muy graves), puedes alegar prescripción.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Llerena o por internet.
Las multas por exceso de velocidad en vías interurbanas suelen ser competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa fue impuesta por la Guardia Civil en las carreteras que atraviesan la zona de Llerena, debes dirigir tu recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. Si la multa fue impuesta por la Policía Local dentro del casco urbano de Llerena, el órgano competente es el Ayuntamiento de Llerena.
La forma más eficiente de presentar el escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a cualquier oficina de registro público o a través de las oficinas de Correos mediante correo administrativo certificado.
Recuerda que, además de los radares, las normativas de movilidad urbana están cambiando. Es recomendable utilizar herramientas como