Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Letur
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Letur, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento, pero mantienes intacto tu derecho a la defensa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una sanción por velocidad en vía administrativa, debes atacar los errores burocráticos y metrológicos del boletín. Los motivos de anulación más sólidos son:
- Falta de fotograma o pruebas: La ley exige que la denuncia por radar incluya dos fotografías de la infracción (una general y otra de detalle de la matrícula) con la nitidez suficiente. Si solo hay una o es ilegible, la multa es nula.
- Caducidad del certificado de la ITV del cinemómetro: El aparato debe haber superado las revisiones periódicas obligatorias. Pide siempre el certificado de verificación metrológica. Si está caducado o no consta en el expediente, la sanción decae automáticamente.
- Márgenes de error aplicables: La norma UNE y la Orden ITC/3123/2011 establecen un margen de error obligatorio para los radares (habitualmente de 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y del 5% para superiores). Comprueba si la administración ha aplicado esta corrección sobre la velocidad captada antes de multarte.
- Identificación incorrecta del tramo: El boletín debe especificar con total exactitud el punto kilométrico y la vía. Un error en la ubicación invalida la prueba.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Letur o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad dependerá de la vía donde se haya cometido la infracción:
- Si ha sido en vías urbanas de Letur: El organismo competente es el Ayuntamiento de Letur. Las alegaciones deben presentarse en su Registro General o sede electrónica.
- Si ha sido en carreteras interurbanas (como la CM-3212 u otras vías de la red provincial): La competencia recae en la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT) correspondiente.
La forma más rápida y segura de presentar el recurso es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o la sede electrónica de la DGT si la multa es suya, utilizando certificado digital o Cl@ve, sin necesidad de pisar una oficina.
Además de vigilar los límites de velocidad en carretera, si vas a circular por núcleos urbanos con restricciones, es fundamental