Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Leganes.
Si has recibido una notificación de multa por radar en Leganés, el cronómetro empieza a correr desde el día siguiente a la notificación. Dispones de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo cual reduce la sanción económica al 50%, pero implica la renuncia automática a presentar cualquier tipo de recurso. Si decides recurrir, pierdes el descuento y debes presentar las alegaciones en ese mismo plazo de 20 días naturales.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que una multa de radar sea válida, debe cumplir escrupulosamente la normativa metrológica. Antes de pagar, revisa estos puntos críticos en la notificación:
- Ausencia de la foto o mala calidad: Si la imagen no permite identificar con claridad la placa de matrícula o el vehículo, la multa es nula.
- Certificado de calibración: El cinemómetro debe haber superado una revisión técnica anual. Si el certificado no está vigente o no se adjunta, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Márgenes de error: Según la Orden ICT/155/2020, se deben aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (habitualmente 5 km/h para radares fijos hasta 100 km/h, o 5% si es superior). Si no se ha aplicado este margen, la sanción es recurrible.
- Datos erróneos: Cualquier fallo en la fecha, hora, ubicación exacta (punto kilométrico o calle) o identificación del vehículo invalida el expediente administrativo.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Leganes o por internet.
El organismo competente depende de quién emitió la sanción. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Leganés (dentro del casco urbano), debes dirigir el recurso al Ayuntamiento de Leganés. Si fue en una carretera interurbana o autopista (como la M-40 o M-45 en tramos gestionados por el Estado), la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Para el Ayuntamiento de Leganés, puedes presentar tus alegaciones a través de la Sede Electrónica municipal mediante certificado digital o Cl@ve. Si el expediente es de la DGT, utiliza el portal "Presentación de alegaciones" en la Sede Electrónica de la DGT. En ambos casos, es vital adjuntar pruebas documentales, como certificados de haber pasado la ITV o pruebas de que el vehículo no se encontraba en el lugar a esa hora.
Recuerda que, además de la velocidad, la movilidad urbana está cada vez más regulada. Es fundamental que consultes