Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Ledaña.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o bien acogerte al descuento del 50% por pronto pago (lo que implica renunciar a recurrir), o bien presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho a la reducción, por lo que debes estar seguro de que existen motivos legales sólidos para la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos defectos en tu boletín de denuncia:
- Falta de identificación del vehículo o conductor: Si la matrícula no es legible o el modelo no coincide con el de la foto.
- Ausencia de certificado de calibración (Metrología): El radar debe haber pasado una revisión técnica vigente. Si el documento no se adjunta o está caducado, la multa es nula.
- Margen de error del cinemómetro: La normativa exige aplicar un margen de error específico según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad. Si no se ha aplicado, el cálculo es incorrecto.
- Falta de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo sin género de dudas.
- Incorrecta identificación del agente o dispositivo: Si no consta el número de placa del agente o el número de serie del radar.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Ledaña o por internet.
La mayoría de los excesos de velocidad en vías interurbanas son gestionados por la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa te la impuso la Guardia Civil en una carretera de Ledaña, debes dirigir tu recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Cuenca. Si la multa fue impuesta por la Policía Local dentro del casco urbano, el órgano competente es el Ayuntamiento de Ledaña.
La vía más eficiente es la sede electrónica de la DGT (con certificado digital o DNI electrónico), evitando desplazamientos. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o mediante las oficinas de Correos, enviando el escrito certificado.
Además de gestionar la velocidad, recuerda que la movilidad urbana está cambiando. Utiliza herramientas como