Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Larraga
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo cual implica reconocer la infracción y renunciar a cualquier recurso posterior) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
No todas las multas son válidas. Para ganar, busca errores en estos puntos clave:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Certificado de calibración: El radar debe haber pasado una revisión técnica reciente. Si el boletín de verificación no está vigente o no se adjunta, la sanción es nula.
- Margen de error: Los cinemómetros tienen un margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según el tipo de radar y velocidad). Si la velocidad detectada no aplica este margen, el recurso prosperará.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo sin lugar a dudas. Si está borrosa o no se ve la matrícula, es un motivo claro de archivo.
- Agente denunciante: Si la multa no fue notificada en el acto, debe constar la causa de la imposibilidad de detención.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Larraga o por internet
La competencia para sancionar depende de la vía donde se produjo la infracción. Si el radar estaba en una vía interurbana (carretera general), la autoridad competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra. Si el radar era urbano (dentro del casco de Larraga), la competencia recae en el Ayuntamiento de Larraga.
Para presentar el escrito, puedes hacerlo de tres formas:
- Sede Electrónica de la DGT: Si la multa es de tráfico interurbano, utiliza el portal oficial de la DGT con certificado digital o Cl@ve.
- Ayuntamiento de Larraga: Si la multa es local, presenta el escrito de alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial.
- Correos: Puedes enviar el recurso mediante correo administrativo en sobre abierto, para que sea sellado y fechado antes de su envío.
Además de vigilar los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en núcleos urbanos. Te recomendamos consultar