Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Juneda
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Juneda, tienes que actuar rápido. El reloj corre en tu contra desde el mismo día siguiente a la notificación. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para decidir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones para defender tus derechos y buscar la nulidad de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares no son infalibles y la administración suele cometer errores procesales o técnicos que permiten anular la sanción. Revisa con lupa la denuncia en busca de los siguientes defectos de forma:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología y la normativa de control metrológico exigen aplicar un margen de error al cinemómetro (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si el radar es fijo; un 5% o 5 km/h si es móvil). Si te multan por ir a 97 km/h en vía de 90 sin aplicar la corrección, la multa es nula.
- Ausencia de fotogramas válidos: Por ley deben constar dos fotografías del vehículo desde diferentes ángulos o, al menos, una imagen nítida donde se aprecie con claridad la matrícula y el contexto de la vía. Si la foto es borrosa o no se identifica fehacientemente el vehículo, la prueba decae.
Certificado de homologación y revisión periódica caducado: El cinemómetro debe haber superado la verificación periódica anual en el Centro Español de Metrología (CEM). Exige el certificado en tus alegaciones; si no lo aportan o está caducado, la denuncia carece de validez probatoria. - Identificación incorrecta de la vía o el kilómetro: Un error tipográfico en el punto kilométrico exacto o en la identificación de la carretera (por ejemplo, en las travesías o accesos desde la N-240 o la C-233) invalida la acusación por indefensión del conductor.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Juneda o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la multa, deberás dirigir tu escrito a un organismo u otro. Si el radar ha sido instalado por el Servicio Catalán de Tráfico (SCT) en carreteras interurbanas de la zona de Juneda, el organismo competente es la Generalitat de Catalunya. Si la multa proviene de la policía local o de radares urbanos dentro del municipio, la competencia recae directamente sobre el Ayuntamiento de Juneda.
Para no perder tiempo, la vía más recomendada y rápida es la telemática:
- Por Internet: Si es del Servei Català de Trànsit, preséntalo a través de la Sede Electrónica de la Generalitat con certificado digital o DNIe. Si es del Ayuntamiento de Juneda, utiliza su propia Sede Electrónica en el apartado de multas y tráfico.
- Presencial / Correo Postal: Puedes acudir a las oficinas de atención ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Juneda o enviar el pliego de alegaciones mediante correo administrativo certificado desde una oficina de Correos, asegurándote de que sellan tanto el original como la copia que te quedas.
Además, si tu ruta incluye desplazamientos hacia grandes núcleos urbanos cercanos, es fundamental prevenir sanciones adicionales consultando