Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Jimena
El margen de error de los cinemómetros, la falta de señalización previa o la ausencia de la fotografía obligatoria son tus mejores aliados para tumbar una sanción de velocidad. Si te acaban de notificar una multa de este tipo, el tiempo corre en tu contra y debes actuar con precisión.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para tomar una decisión: o pagas con una reducción del 50% (lo que implica renunciar a cualquier recurso, salvo por errores de identificación), o presentas tus alegaciones. Una vez superado ese plazo, la vía administrativa ordinaria para el descuento se cierra.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que una multa de radar prospere, la administración debe cumplir estrictamente con la legalidad vigente. Revisa minuciosamente el boletín de denuncia en busca de los siguientes fallos que anulan la sanción:
- Margen de error del cinemómetro: La Ley Metrológica exige aplicar un margen de error al radar. Si la velocidad captada está en el límite y no se ha aplicado la corrección (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores en postes fijos; o 5 km/h y 5% en móviles), la multa es nula.
- Falta de la segunda foto: La Orden ITC/3123/2011 exige que consten dos fotogramas de la infracción en cinemómetros móviles (uno donde se ve el vehículo y otro donde se aprecia la matrícula de cerca). Si solo hay una, recurre.
- Certificado de control metrológico caducado: El radar debe pasar revisiones periódicas anuales. Si el certificado no está en vigor en la fecha de la infracción, la prueba carece de validez legal.
- Identificación incorrecta de la vía: Debe constar con exactitud el kilómetro y el sentido de la circulación. Un error en el hectómetro o en la orientación invalida la denuncia.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Jimena o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, deberás dirigir tu escrito a un sitio u otro. Si el radar estaba gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas, el expediente se tramitará a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía pertenece al término municipal y la multa la firma la autoridad local, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Jimena.
La forma más rápida, segura y recomendada de presentar el pliego de alegaciones es por vía telemática. Puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la DGT (si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve) o mediante el Registro Electrónico General de la administración local si es una multa municipal. Esto te garantiza un justificante inmediato con hora y fecha de presentación.
Recuerda que además de los radares de velocidad en carretera, las restricciones urbanas son otro foco habitual de sanciones si no se cuenta con la información actualizada. Utilizar herramientas como