Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Jaen
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, el plazo se amplía hasta los 20 días hábiles, pero perderás el derecho al descuento por pronto pago si la resolución final es desfavorable.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de radar por velocidad en vía administrativa, debes buscar errores en el boletín de denuncia y en la tramitación que vulneren la Ley de Seguridad Vial y el metrología legal. Los fallos más habituales que obligan a archivar el expediente son:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar un margen de error obligatorio (3% para radares fijos y 5% para móviles si la velocidad es inferior a 100 km/h, o 7% si es superior). Si la velocidad censada no contempla esta corrección técnica, la sanción es nula.
- Fotografía y doble fotograma: La normativa exige la aportación de dos fotogramas tomados en momentos distintos para verificar la progresión de la velocidad, o una fotografía con la calidad suficiente donde se identifique inequívocamente el vehículo y el cinemómetro.
- Certificado de control metrológico: El radar debe haber superado la verificación periódica anual. Solicita siempre el certificado en vigor del Centro Español de Metrología (CEM). Si caducó antes de la fecha de la denuncia, la multa cae por los suelos.
- Señalización previa: Las vías deben estar debidamente señalizadas con la presencia de controles de velocidad si se trata de radares fijos o móviles en ciertos tramos. La falta de señalización previa vulnera el principio de proporcionalidad.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Jaen o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, deberás dirigir el recurso a un organismo diferente. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas de la provincia, el expediente lo gestiona la Jefatura Provincial de Tráfico de Jaén (Paseo de la Estación, 19). Si la multa fue impuesta por un cinemómetro móvil de la Policía Local dentro del término municipal, el órgano competente es el Ayuntamiento de Jaén.
La forma más rápida, segura y recomendada para presentar tus alegaciones es por vía telemática. Puedes hacerlo a través del Registro Electrónico Común (REC) para administraciones públicas, o directamente en la Sede Electrónica de la DGT si la sanción es estatal, utilizando certificado digital o Cl@ve.
Además, conviene recordar que la movilidad urbana exige estar al día con las restricciones de tráfico. Antes de circular por el centro, utiliza