Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Iznajar
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de que existen defectos de forma o errores técnicos que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que una multa de radar sea legal, debe cumplir estrictamente con la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento Sancionador. Revisa minuciosamente tu boletín de denuncia buscando estos fallos:
- Identificación del cinemómetro: La multa debe especificar la marca, modelo y número de homologación del radar. Si falta, es nula.
- Certificado de verificación: Todo radar debe pasar una revisión periódica. Si el certificado de calibración está caducado en la fecha de la infracción, la multa no tiene validez.
- Margen de error: La DGT debe aplicar un margen de error según la normativa (UNE 26444). Si el cálculo de la velocidad no resta este margen, el exceso de velocidad está mal tipificado.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida, mostrar claramente la matrícula y el vehículo. Si hay otros vehículos en el encuadre, la medición puede ser errónea.
- Notificación en el acto: Si no te pararon en el momento, el agente debe justificar por qué no fue posible la detención (ej. falta de medios o seguridad).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Iznajar o por internet
La competencia para sancionar depende de quién gestionó el radar. Si el radar estaba en una vía interurbana (carreteras que atraviesan el término municipal de Iznajar), la autoridad competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba (DGT). Si el radar era móvil y estaba dentro del casco urbano, la competencia es del Ayuntamiento de Iznajar.
Para presentar tus alegaciones:
- Vía electrónica (Recomendado): Accede a la Sede Electrónica de la DGT (si es sanción de tráfico) o a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Iznajar mediante certificado digital o Cl@ve.
- Presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Iznajar o en cualquier oficina de Correos mediante correo administrativo (sobre abierto para sellar fecha).
- Documentación: Debes aportar el número de expediente, tus datos, los argumentos jurídicos de defensa y, si procede, pruebas documentales que contradigan la versión del agente.
Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en otras localidades. Puedes usar