Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Icod El Alto.
Si has recibido una multa de radar, el reloj empieza a correr desde el día siguiente a la notificación. Tienes dos caminos excluyentes: pagar con el 50% de reducción en un plazo de 20 días naturales (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones en ese mismo plazo. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento. Busca estos errores técnicos en la notificación:
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula coincida y que la fotografía sea nítida. Si no se identifica al conductor, la sanción debe dirigirse al titular, pero si la foto no permite la identificación, puedes alegar indefensión.
- Certificación del cinemómetro: El radar debe haber pasado una revisión técnica periódica (control metrológico) en vigor. Si el certificado no está adjunto o ha caducado, la multa es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido por la norma UNE 26444. Si el radar es fijo, el margen es menor que si es móvil.
- Datos incompletos: La ausencia de la fecha, hora exacta, lugar preciso (puntos kilométricos) o la identificación del agente denunciante invalida el boletín.
- Falta de señalización: Si la vía no estaba debidamente señalizada con la limitación de velocidad correspondiente, es un motivo sólido de recurso.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Icod El Alto o por internet.
La mayoría de los radares de velocidad en vías interurbanas dependen de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de Santa Cruz de Tenerife). Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Los Realejos o municipios colindantes, deberás dirigirte al Ayuntamiento correspondiente.
La forma más eficiente es utilizar la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de Correos mediante correo certificado administrativo o en los registros de las administraciones públicas. Recuerda siempre consultar antes de circular si tu ruta atraviesa cascos urbanos con restricciones, utilizando