Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Ibi.
Si has recibido una notificación de multa por exceso de velocidad en Ibi, el reloj empieza a correr. Dispones de un plazo de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo que supone una reducción del 50% de la sanción, pero implica la renuncia a presentar cualquier tipo de alegación. Si decides recurrir, pierdes automáticamente este descuento, por lo que solo debes iniciar la vía administrativa si detectas errores claros en la denuncia que permitan su anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes buscar fallos técnicos o administrativos. Los puntos críticos donde suelen encontrarse errores son:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Un solo error en un dígito invalida la sanción.
- Certificado de calibración: El radar debe estar homologado y haber pasado la revisión periódica obligatoria. Si el certificado no está en vigor o no se adjunta, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Márgenes de error: Todo cinemómetro tiene un margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según la velocidad y el tipo de dispositivo). Si la velocidad detectada está dentro del margen de error, la multa es nula.
- Identificación del conductor: Si la foto es borrosa, no permite identificar al conductor o no se aprecia el vehículo con claridad, puedes solicitar la anulación por falta de pruebas.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción fue leve, la Administración tiene 3 meses para notificártela. Si fue grave o muy grave, el plazo es de 6 meses. Si recibes la notificación después, la multa ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Ibi o por internet.
La competencia para tramitar la multa dependerá de quién haya instalado el radar:
- Si la multa la impuso la Policía Local de Ibi: El organismo competente es el Ayuntamiento de Ibi. Debes presentar tus alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial.
- Si la multa fue impuesta por la DGT (radares en carreteras interurbanas o travesías): Debes dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante. Lo más eficiente es realizar el trámite online mediante el portal "Presentación de alegaciones" de la sede electrónica de la DGT, utilizando certificado digital o Cl@ve.
Además de vigilar los límites de velocidad, es vital que te mantengas informado sobre las restricciones de circulación en los núcleos urbanos. Utiliza herramientas como