Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Guillena
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o un error administrativo antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, el análisis debe centrarse en los errores técnicos del expediente. Los puntos clave son:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo.
- Certificado de calibración: El radar debe haber pasado una revisión metrológica vigente. Solicita el certificado; si no consta o está caducado, la multa es nula.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente el 5% en radares fijos y 7% en móviles). Si la velocidad detectada no contempla este margen, el cálculo es incorrecto.
- Fotografía: Debe ser nítida y permitir la identificación inequívoca del vehículo. Si aparecen otros coches en la instantánea, la medición no es fiable.
- Notificación: Si la multa llega fuera de plazo o no contiene todos los datos obligatorios (lugar exacto, precepto infringido, agente denunciante), el acto es anulable.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Guillena o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT), que es lo habitual en carreteras interurbanas o travesías gestionadas por el Estado, debes dirigir el escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Guillena dentro del casco urbano, el organismo competente es el Ayuntamiento de Guillena.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (usando certificado digital o Cl@ve) o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado. Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a cualquier oficina de registro de la Administración o a través de las oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Recuerda que, además de los radares, es vital estar atento a las nuevas restricciones urbanas. Antes de circular por zonas desconocidas, te recomendamos consultar