Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Guia
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica la renuncia a cualquier recurso) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del pronto pago; el proceso administrativo suspenderá la sanción económica hasta que exista una resolución firme, pero perderás el derecho a la bonificación si el recurso es desestimado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín de denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y su placa de matrícula sin género de dudas. Si la foto es borrosa o aparecen dos vehículos, la prueba es nula.
- Certificado de calibración (ITV del radar): El cinemómetro debe contar con una certificación vigente emitida por el Centro Español de Metrología. Exige en tu recurso que se adjunte el certificado de verificación periódica; si ha caducado o no se aporta, la multa es recurrible.
- Margen de error: Según la normativa, debe aplicarse un margen de error específico al aparato de medición (habitualmente 3% o 5% dependiendo de si es fijo o móvil). Si la velocidad aplicada no contempla este margen, la sanción es ilegal.
- Identificación del conductor: Si la multa no incluye la foto del conductor y no te han identificado en el momento, el titular del vehículo tiene derecho a no identificar al conductor (aunque esto suele conllevar una multa económica mayor por no colaborar, es una estrategia legal válida para evitar la retirada de puntos).
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Guia o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT en vías interurbanas, debes dirigir tu escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la denuncia proviene de la Policía Local de Guia por exceso de velocidad en casco urbano, el organismo competente es el Ayuntamiento de Santa María de Guía. La forma más eficiente de presentar el escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT (con certificado digital o Cl@ve) o mediante el registro electrónico del Ayuntamiento si la competencia es municipal. Recuerda siempre guardar el justificante de registro.
Además de vigilar tu velocidad, es fundamental que te asegures de cumplir con las restricciones de acceso en núcleos urbanos, que son cada vez más frecuentes. Te recomiendo consultar