Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Guareña
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso administrativo) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma que invalide el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para ganar un recurso, no basta con alegar que "íbamos despacio"; el éxito radica en detectar errores técnicos en el boletín de denuncia. Debes comprobar:
- Falta de identificación: Si el vehículo no está correctamente identificado o los datos del titular no coinciden.
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido (7 km/h en radares fijos si el límite es hasta 100 km/h, o un 7% si es superior). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Certificado de calibración caducado: La Administración está obligada a demostrar que el radar ha pasado la revisión periódica (habitualmente anual). Si el certificado no está en vigor, la prueba carece de validez.
- Fotografía borrosa o ilegible: Si no se identifica claramente la matrícula o el vehículo, el recurso prospera con facilidad.
- Ausencia de la regla de los tres fotogramas: En algunos casos, se exige la secuencia completa para demostrar que el vehículo estaba en movimiento y no es un error de lectura.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPrevenir siempre es más rentable que recurrir. Además de vigilar tu velocidad, es fundamental estar al tanto de las restricciones de circulación en los cascos urbanos. Para evitar sanciones inesperadas en zonas restringidas, te recomendamos consultar
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Guareña o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la multa, la competencia varía:
- Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Guareña: Debes dirigir el escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Guareña. Puedes presentarlo presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial si dispones de certificado digital.
- Si la multa fue impuesta por la DGT (carreteras interurbanas o autovías): El recurso debe ir dirigido a la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. La vía más rápida es el portal "Mi DGT" o el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado.
Recuerda que el escrito debe incluir obligatoriamente tu número de expediente, datos personales, el motivo fundamentado del recurso (basado en los defectos de forma mencionados) y la firma. Si la resolución administrativa es negativa, aún te queda la vía contencioso-administrativa, aunque esta suele requerir mayor inversión en costes judiciales.