Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Guado
El reloj corre en tu contra desde el mismo momento en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para decidir: o pagas con una bonificación del 50%, o presentas un recurso o alegaciones. Ojo, si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que tus argumentos jurídicos deben ser sólidos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad (tanto fijos como móviles) están sujetos a estrictas normativas metrológicas y de señalización. Para tumbar una multa en Guardo, debes revisar con lupa el boletín de denuncia en busca de estos errores habituales:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología y la orden ITC/3123/2011 exigen aplicar un margen de error al cinemómetro. Si circulabas a 95 km/h en vía de 90 km/h, hay que restar el error máximo permitido (habitualmente 5 km/h o un 7% según el tipo de radar), lo que dejaría la infracción en nada.
- Ausencia de fotografía nítida: Deben aparecer dos fotogramas de la infracción en las multas de radar fijo, o la identificación clara del vehículo y del cinemómetro en los móviles.
- Falta de certificación de la ITV del radar: Todo cinemómetro debe pasar revisiones periódicas anuales. Pide siempre el certificado de verificación metrológica en vigor.
- Señalización deficiente: La vía debe estar debidamente señalizada con la presencia de controles de velocidad si se trata de radares móviles gestionados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
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Dependiendo de quién te haya multado, la administración competente varía:
- Si el radar estaba en una carretera interurbana (como las que circundan la comarca de Guardo), la competencia es de la Jefatura Provincial de Tráfico de Palencia (DGT).
- Si la multa la impuso la Policía Local en un tramo urbano dentro del municipio de Guardo, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Guardo.
Puedes presentar el escrito de alegaciones de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Guardo (si es vía municipal) o en las oficinas de correos mediante correo administrativo en sobre abierto. No obstante, la vía más rápida, segura y con validez jurídica inmediata es la Sede Electrónica de la DGT (si es de tráfico interurbano) o la sede electrónica del propio consistorio municipal, utilizando certificado digital o Cl@ve.
Además, recuerda que si te desplazas hacia otras ciudades con restricciones de tráfico, conviene planificar la ruta y evitar sustos