Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Fuentepelayo
Si has recibido una sanción por exceso de velocidad en Fuentepelayo, el tiempo es el factor más crítico. Dispones de un plazo de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo cual reduce la cuantía al 50% pero implica la renuncia a presentar alegaciones. Si decides recurrir, debes presentar tu escrito en ese mismo plazo de 20 días desde la notificación, perdiendo el beneficio del descuento. Si la multa es de la DGT (carreteras interurbanas), el procedimiento es estatal; si es urbana, será competencia del Ayuntamiento de Fuentepelayo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la denuncia que invaliden la prueba:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe incluir el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica (ITV del aparato). Si falta alguno de estos datos, la prueba es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida, mostrar claramente la matrícula y el vehículo. Si hay más de un vehículo en el encuadre, la sanción es impugnable.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa, debe aplicarse un margen de error al aparato medidor (generalmente del 5% o 7% según el tipo de radar). Si la velocidad sancionada no tiene este margen descontado, el recurso es sólido.
- Notificación defectuosa: Si no fuiste parado en el acto, la administración debe justificar por qué no se pudo detener el vehículo. Si no hay una causa justificada, el procedimiento puede ser anulado.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Fuentepelayo o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (radares en carreteras nacionales o provinciales que cruzan la zona), el lugar indicado es la Jefatura Provincial de Tráfico de Segovia o a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital. Si la multa es municipal, debes dirigir el escrito al Registro del Ayuntamiento de Fuentepelayo.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, es vital estar al tanto de las restricciones de movilidad actuales. Te recomendamos consultar
Independientemente del organismo, tu escrito debe contener: identificación del titular, número de expediente sancionador, fecha de la denuncia, motivos de la alegación (basados en los defectos mencionados) y la firma del interesado. Si no se recibe respuesta en un plazo de tres meses en el caso de la DGT, podría operar el silencio administrativo a tu favor, aunque lo habitual es que el procedimiento continúe hasta la resolución final.