Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Fuente De Piedra
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación posterior) o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que tu estrategia debe estar basada en argumentos técnicos sólidos y no en meras disculpas.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, debes buscar errores en el procedimiento administrativo o en el cinemómetro. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: El radar debe aplicar el margen legal establecido (7 km/h en radares fijos si la velocidad es inferior a 100 km/h, o un 7% si es superior). Si la velocidad detectada y la sancionadora no aplican este margen, la multa es nula.
- Identificación del cinemómetro: La denuncia debe incluir el modelo, número de serie y la fecha de la última certificación del Centro Español de Metrología. Si estos datos faltan o el certificado está caducado, la prueba carece de validez.
- Fotografía insuficiente: La imagen debe permitir identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si existen otros vehículos en el encuadre, la medición no es fiable.
- Defectos en la notificación: Si la denuncia no especifica correctamente el punto kilométrico, el sentido de la marcha o la normativa infringida, se produce una indefensión que permite la anulación.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Fuente De Piedra o por internet
Las multas por exceso de velocidad en vías interurbanas son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la infracción ocurrió dentro del casco urbano de Fuente De Piedra, la competencia recaerá sobre el Ayuntamiento. Es vital identificar el organismo emisor en el encabezado de la notificación:
- Si es la DGT: Puedes presentar tus alegaciones a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico, o presencialmente en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico (la más cercana es la de Málaga).
- Si es el Ayuntamiento de Fuente De Piedra: Debes dirigirte al Registro General del Ayuntamiento o utilizar su sede electrónica si dispone de ella.
Además de controlar tu velocidad, recuerda que la normativa de tráfico evoluciona constantemente. Antes de entrar en núcleos urbanos, te recomendamos consultar