Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Fontanar
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Fontanar, tienes que actuar rápido. El reloj corre en tu contra: dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir si pagas con un 50% de descuento (renunciando a recurrir) o si presentas alegaciones para anular la sanción. Si optas por el recurso, pierdes la bonificación del pronto pago, por lo que tus alegaciones deben estar fundamentadas en defectos reales y no en meras opiniones.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad vía radar, la clave no es negar los hechos, sino atacar el procedimiento y la metrología del cinemómetro. Los motivos de nulidad más frecuentes que debes buscar en la notificación y en el expediente son:
- Falta de la doble fotografía: La normativa exige dos fotogramas en momentos distintos para acreditar la progresión de la velocidad, salvo en radares fijos donde un único plano bien calibrado suele bastar, pero la falta de nitidez en la matrícula invalida la prueba.
- Margen de error del radar: Los cinemómetros deben aplicar un margen de error legal (habitualmente del 3% al 7% según si es fijo o móvil y la velocidad). Si la velocidad registrada no tiene aplicado este margen, la sanción es recurrible.
- Certificado de metrología caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Pide siempre el certificado de la última revisión del Centro Español de Metrología (CEM). Si ha caducado, la multa es nula.
- Identificación incorrecta del lugar o sentido de la marcha: Errores en el punto kilométrico o en la ubicación exacta dentro del término municipal de Fontanar invalidan el boletín de denuncia.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Fontanar o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la multa, deberás dirigir tu escrito a una administración u otra. Si el radar estaba gestionado por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, la multa la tramitará la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción proviene de un radar instalado por la administración local, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Fontanar.
Para presentar el escrito de alegaciones de forma legal y con validez jurídica, tienes dos vías principales:
- Por Internet (Recomendado): A través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado si va dirigida a la DGT, o mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Fontanar si la multa es municipal. Necesitarás certificado digital o Cl@ve.
- De forma presencial: En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros del Ayuntamiento de Fontanar o en las oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Para evitar futuras sorpresas al circular y moverte por distintas localidades, es muy útil utilizar