Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Felanitx
Si has recibido una multa de radar en Felanitx, el tiempo es tu peor enemigo. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la sanción con el 50% de descuento (renunciando a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen motivos técnicos sólidos para ganar el recurso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para invalidar una sanción de velocidad, no basta con alegar "olvido" o "despiste". Debes buscar errores administrativos que rompan la cadena de legalidad del boletín de denuncia. Los puntos clave que debes revisar son:
- Falta de identificación: El boletín debe identificar claramente al conductor o, en su defecto, al titular del vehículo. Si los datos son erróneos, la multa es nula.
- Ausencia de pruebas: La ley exige la fotografía del radar. Si esta no es nítida, no muestra la matrícula con claridad o no se aporta, el recurso prospera.
- Certificado de calibración: Todo radar debe pasar revisiones periódicas (METROLOGÍA). Si el certificado de calibración del cinemómetro ha caducado o no se adjunta en el expediente, la denuncia carece de validez.
- Márgenes de error: Verifica que la Administración haya aplicado el margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la ubicación.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Felanitx o por internet
La competencia para sancionar depende de quién gestiona el radar:
- Si es una multa de la DGT (carreteras interurbanas): Debes presentar el escrito a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico, o acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico de las Islas Baleares en Palma.
- Si es una multa de la Policía Local de Felanitx (vía urbana): La competencia es municipal. Debes dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Felanitx. Puedes hacerlo presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o mediante su sede electrónica oficial si dispones de firma digital.
Recuerda que el escrito debe ir dirigido al órgano sancionador que aparece en el encabezado de la notificación recibida, incluyendo siempre el número de expediente sancionador y tus datos de contacto.