Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Farlete
Si has sido sancionado por exceso de velocidad en Farlete, el reloj empieza a correr desde el día siguiente a la notificación. Dispones de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo que supone una reducción del 50% de la cuantía, pero implica la renuncia automática a presentar cualquier tipo de recurso. Si decides impugnar, debes presentar tus alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días, asumiendo que perderás el descuento por pronto pago si el recurso es desestimado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desacuerdo; debes buscar errores técnicos en el boletín de denuncia. Los defectos de forma más frecuentes son:
- Falta de identificación del vehículo o conductor: Si la matrícula no es legible o los datos del titular no coinciden.
- Ausencia de margen de error del cinemómetro: La normativa exige aplicar un margen de error específico según el tipo de radar (fijo o móvil). Si no se ha aplicado correctamente, la sanción es nula.
- Falta de certificado de verificación: Todo radar debe haber superado una revisión periódica. Si la Administración no aporta el certificado vigente del Centro Español de Metrología, el recurso suele prosperar.
- Fotografía insuficiente: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, si la multa conlleva pérdida de puntos, debe verse claramente al conductor.
- Defectos en la notificación: Si la notificación llega fuera de plazo (superando los 3 meses para infracciones leves) o no se ha intentado la notificación en el domicilio correcto.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Farlete o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad en vías interurbanas es de la Dirección General de Tráfico (DGT). En el caso de Farlete, al ser una localidad pequeña, la gestión se centraliza a través de la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza. La forma más eficiente y rápida es realizar el trámite a través de la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve PIN.
Es fundamental que, además de revisar el radar, te asegures de cumplir con todas las restricciones de circulación. Puedes consultar las restricciones de acceso en
Si decides presentar el escrito en papel, puedes hacerlo en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, en las oficinas de Correos (mediante correo administrativo en sobre abierto) o en el Ayuntamiento si la infracción se cometió en una vía urbana bajo competencia municipal.