Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Estepona.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para actuar. Tienes dos caminos excluyentes: o te acoges al pronto pago (reducción del 50% de la sanción, renunciando a recurrir) o presentas alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento, por lo que debes tener claro que existen fundamentos jurídicos sólidos para anular la multa antes de presentar el escrito.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica en el Centro Español de Metrología. Si estos datos faltan o el certificado está caducado, la sanción es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido por la normativa vigente según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad medida.
- Fotografía: Debe ser nítida y permitir la identificación inequívoca del vehículo y su matrícula. Si la imagen es borrosa o aparecen dos vehículos en el mismo encuadre, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Notificación en el acto: En radares móviles, los agentes deben detenerte salvo que exista una causa justificada (riesgo para la circulación o falta de medios). Si no te pararon y no justifican el motivo, el procedimiento es viciado.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Estepona o por internet.
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (carreteras interurbanas o travesías), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Estepona, el recurso debe dirigirse a la Concejalía de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Estepona.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Estepona mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquier oficina de Correos mediante correo administrativo certificado.
Recuerda que, además de la velocidad, la normativa actual exige especial atención a las restricciones de acceso. Para evitar sanciones adicionales por circular indebidamente, te recomendamos consultar siempre los mapas de acceso restringido en