Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Esquedas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento, por lo que tu estrategia debe basarse en encontrar errores técnicos que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar "no iba tan rápido". Debes atacar la legalidad del procedimiento buscando estos fallos:
- Falta de identificación del conductor: Si la foto no es nítida o no permite identificar al conductor, la multa es nula.
- Ausencia del certificado de verificación periódica: El radar debe tener su certificado de calibración en vigor. Exige el documento original que acredite que el cinemómetro ha pasado los controles técnicos obligatorios.
- Error en la ubicación o señalización: La señalización de la vía debe ser correcta y visible. Si el radar estaba oculto o la señal de límite de velocidad no cumplía la normativa, la multa puede ser recurrida.
- Márgenes de error: Verifica que la velocidad sancionada aplique correctamente el margen de error legal del radar (según la Orden ITC/3123/2010). Si no se ha aplicado el margen de error correspondiente, la sanción es impugnable.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Esquedas o por internet
Al tratarse de una sanción por exceso de velocidad, lo más habitual es que el organismo sancionador sea la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT) y no el Ayuntamiento de Esquedas, salvo que el radar sea de titularidad municipal. Comprueba el encabezado de la notificación.
Para presentar tus alegaciones:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la forma más ágil. Accede con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico a través de la sección "Presentación de alegaciones".
- Correo postal: Puedes enviar el escrito certificado a la Jefatura de Tráfico que figura en la notificación.
- Presencialmente: En cualquier Jefatura de Tráfico o registro oficial de la Administración.
Además de evitar multas por velocidad, es vital que te mantengas informado sobre las restricciones de circulación en núcleos urbanos. Utiliza