Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Esclavitud
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: el pago con reducción del 50% (lo que implica reconocer la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un vicio de forma que invalide la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar el procedimiento administrativo. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en la notificación:
- Identificación del cinemómetro: La denuncia debe incluir el modelo, número de serie y la fecha de la última revisión periódica en el Centro Español de Metrología. Si estos datos faltan o el certificado está caducado, la multa es nula.
- Margen de error: Verifica que se haya aplicado el margen de error legal establecido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad captada.
- Fotografía: La imagen debe ser clara. Si no permite identificar el vehículo, la matrícula o si aparecen varios vehículos en el fotograma, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Identificación del conductor: Si la multa no especifica quién conducía y no te han requerido para identificarlo previamente, puedes alegar indefensión.
- Defectos en la notificación: Comprueba que el lugar, fecha y hora de la infracción coinciden con la realidad y que el agente denunciante o el sistema automatizado cumplen con la normativa de seguridad vial.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Esclavitud o por internet
Si la infracción fue captada por un radar fijo en vías interurbanas, el organismo sancionador es la Jefatura Provincial de Tráfico. Si ocurrió en una vía urbana dentro del municipio, el competente es el Ayuntamiento. Para presentar el escrito, puedes acudir presencialmente al registro del organismo correspondiente o utilizar la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. Es vital que consultes siempre la señalización y las restricciones vigentes, especialmente si te mueves por entornos urbanos, utilizando
Recuerda adjuntar siempre toda la prueba documental que sustente tus alegaciones (fotos, informes técnicos o certificados) y asegúrate de que el escrito esté firmado y contenga el número de expediente sancionador correcto.