Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Escala (L')
Recibir una multa de velocidad de un cinemómetro duele, pero no siempre es firme. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde su notificación para elegir: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones si detectas errores que permitan la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares son máquinas y están sujetos a fallos legales y técnicos. Para ganar un recurso por exceso de velocidad en L'Escala, debes revisar con lupa los siguientes puntos en la denuncia:
- Falta de la doble fotografía: La normativa exige dos tomas de la matrícula en momentos diferentes para acreditar que el vehículo estaba circulando de forma continuada a esa velocidad.
- Margen de error del cinemómetro: Dependiendo de si el radar es fijo o móvil y de la velocidad, se debe aplicar un margen de error legal (habitualmente del 5% o 7%). Si no se ha descontado en el boletín, la multa es nula.
- Certificado de control metrológico caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas (habitualmente anuales). Si el certificado de la última revisión no está vigente o no se adjunta, la sanción decae.
- Identificación defectuosa: Si te han parado, los datos del agente deben ser exactos; si es un radar fijo, la foto debe permitir identificar claramente el vehículo sin lugar a dudas.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Escala (L') o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, el destino del recurso cambiará. Si el radar estaba en una vía urbana gestionada por el municipio, la multa dependerá del Ayuntamiento de L'Escala. Si la multa proviene de la Dirección General de Tráfico (DGT) por autovías o carreteras interurbanas de la zona, deberás dirigirla a la Jefatura Provincial de Tráfico de Girona.
Puedes presentar el escrito de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros de L'Escala o de manera telemática a través de la sede electrónica del organismo correspondiente (Ayuntamiento o DGT) empleando certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de incluir siempre tus datos, el número de expediente, los motivos técnicos de oposición y la solicitud de las pruebas (fotografías y certificado del radar).
Además, recuerda que las restricciones al tráfico evolucionan constantemente en Cataluña. Para evitar sanciones sorpresas en accesos restringidos,