Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Escairon
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento. Es fundamental presentar el recurso dentro de este periodo de 20 días para evitar que la sanción gane firmeza y se inicie el periodo ejecutivo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para ganar un recurso, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Busca estos errores en tu boletín de denuncia:
- Falta de margen de error: El cinemómetro debe aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (habitualmente 3 km/h o 3% para radares fijos, y 5 km/h o 5% para móviles). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Ausencia de certificado de calibración: Todo radar debe pasar una revisión periódica. Si el certificado no está en vigor o no se adjunta, la medición carece de valor probatorio.
- Identificación incompleta: Si el agente no detuvo el vehículo, la foto debe ser clara. Si la matrícula no es legible o el vehículo no es identificable, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Falta de ratificación del agente: En radares móviles, la denuncia debe ir acompañada de la firma o ratificación del operador.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Escairon o por internet
Dado que las multas por exceso de velocidad en carretera suelen ser competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT), el organismo al que debes dirigirte es la Jefatura Provincial de Tráfico de Lugo. Si la multa hubiera sido impuesta por la Policía Local de O Saviñao (municipio al que pertenece Escairon), deberás presentar el escrito ante el Ayuntamiento.
La forma más eficiente y recomendada es la vía telemática a través de la sede electrónica de la DGT, utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. También puedes presentar el escrito presencialmente en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o mediante correo administrativo en una oficina de Correos, enviando el documento en sobre abierto para que sea sellado y fechado antes de su envío certificado.