Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Eivissa
Si te han cazado con un cinemómetro en Eivissa, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones si detectas irregularidades. Si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes evaluar la solidez de tus argumentos legales antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Las multas de velocidad son perfectamente recurribles si se analizan con lupa los datos técnicos de la denuncia. Para lograr la anulación en vía administrativa, debes buscar de forma sistemática los siguientes defectos de forma:
- Falta de fotograma o prueba gráfica válida: La denuncia debe aportar la fotografía tomada por el cinemómetro donde se distinga claramente la matrícula y, preferiblemente, el vehículo completo. Si la imagen es borrosa o inexistente, la multa es nula.
- Margen de error del cinemómetro: La normativa exige aplicar un margen de error según la velocidad y el tipo de radar (fijo o móvil). Si la administración no ha restado este margen (habitualmente del 3% al 7%), la sanción es recurrible.
- Certificado de control metrológico caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas obligatorias. Solicita siempre el certificado de homologación y la última revisión del aparato. Si no está en vigor en el momento de la infracción, la multa decae.
- Identificación incorrecta de la vía o el sentido de la marcha: Errores en el kilómetro exacto, en la limitación de velocidad señalada para ese tramo o en la dirección pueden invalidar el expediente.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Eivissa o por internet
El organismo competente para tramitar la multa dependerá de dónde se haya cometido la infracción:
- Si el radar pertenece a la DGT (carreteras interurbanas de la isla, como la EI-600 o la EI-200), deberás dirigir tus alegaciones a la Jefatura Provincial de Tráfico de Baleares.
- Si el radar es gestionado por una administración local (por ejemplo, los cinemómetros móviles de la Policía Local dentro de los municipios de Eivissa, Santa Eulària, Sant Antoni, Sant Josep o Sant Joan), el escrito se dirige al Ayuntamiento correspondiente.
La forma más rápida y segura de presentar el recurso es a través de internet, utilizando el Registro Electrónico Común (REC) para la DGT, o la sede electrónica del ayuntamiento sancionador si es de competencia municipal, empleando siempre certificado digital o Cl@ve.
Además, al circular por la isla conviene estar al día de las restricciones urbanas y normativas locales de tráfico. Puedes evitar sustos innecesarios consultando