Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Curro
Si te ha llegado una multa por exceso de velocidad captada por un radar, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones incompatibles: acogerte al descuento del 50% por pronto pago o presentar un recurso de alegaciones. Ten en cuenta que si decides recurrir, renuncias automáticamente a la bonificación, por lo que debes estar muy seguro de que existen argumentos sólidos para ganar.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad por vía administrativa, debes buscar fallos en el procedimiento y en la metrología del cinemómetro. Los motivos de anulación más efectivos son:
- Falta de margen de error: Los radares deben aplicar obligatoriamente los márgenes de error legalmente estipulados (habitualmente 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores, según se trate de radares fijos o móviles). Si la velocidad denunciada no contempla esta corrección, la multa es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: El boletín de denuncia debe incluir dos fotogramas del vehículo infractor donde se aprecie claramente la matrícula y el contexto. Si la imagen es borrosa o solo hay una foto en radar móvil, el recurso prospera.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar controles periódicos de acuerdo con la legislación de control metrológico. Solicita siempre el certificado de la última revisión y la resolución de homologación. Si ha pasado más de un año desde la última verificación, la multa decae.
- Falta de identificación del agente (en radares móviles): Si el radar era móvil y operado por agentes, debe constar la inmovilización del vehículo para la notificación en el acto, salvo justificación de que se hizo mediante medios automatizados.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Curro o por internet
El organismo al que debes dirigir el pliego de alegaciones dependerá de quién haya emitido la sanción. Si el radar estaba gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas, el expediente se tramitará a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la denuncia proviene de una vía urbana controlada por la administración local, tendrás que dirigir el escrito al Ayuntamiento de Curro.
La forma más rápida y segura de presentar el recurso es de manera telemática. Si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve, puedes realizar el trámite a través del Registro Electrónico Común (REC) dirigido al organismo competente, o directamente en la Sede Electrónica de la DGT si la multa es estatal. Asimismo, antes de circular por núcleos urbanos complejos, es muy recomendable utilizar herramientas como