Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cuatro Calzadas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para decidir tu estrategia: puedes acogirte al descuento del 50% por pronto pago (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones si detectas irregularidades. Una vez superado este plazo, el expediente avanza y la vía para la defensa se complica considerablemente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los cinemómetros o radares deben cumplir estrictamente con la normativa metrológica y de instalación. Para anular una multa por exceso de velocidad en Cuatro Calzadas, debes revisar con lupa los siguientes defectos de forma en el boletín de denuncia:
- Falta de certificación de la ITV del cinemómetro: Todo radar debe superar revisiones periódicas (habitualmente anuales). Si el certificado hacaducado o no consta en la denuncia, la multa es nula.
- Márgenes de error aplicados incorrectamente: La ley obliga a restar el error máximo permitido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad a la que supuestamente circulabas (un 3% o 5% o bien velocidad absoluta si es inferior a 100 km/h). Si la DGT no ha aplicado este margen, la sanción es recurrible.
- Fotografía poco clara o inexistente: En la imagen debe aparecer claramente el vehículo, la matrícula y, preferiblemente, el entorno para verificar el cinemómetro. Si la placa no es legible o hay más de un vehículo en el fotograma, la prueba queda invalidada.
- Identificación errónea de la vía o el punto kilométrico: Un error en la ubicación exacta del radar en Cuatro Calzadas desvirtúa la veracidad de la denuncia.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Cuatro Calzadas o por internet
Al tratarse de una infracción por exceso de velocidad captada por un radar (habitualmente gestionado por la Dirección General de Tráfico en carreteras interurbanas), el organismo competente para tramitar y resolver el expediente no es el ayuntamiento local, sino la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Puedes presentar tus alegaciones de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando certificado digital o Cl@ve, o bien de manera presencial en las oficinas de correos mediante correo administrativo dirigido a dicha Jefatura.
Además, si tu trayecto incluye accesos a grandes núcleos urbanos cercanos, es fundamental extremar la precaución con la normativa ambiental y