Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cruz Santa.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento. Es fundamental que la notificación sea fehaciente; si el boletín de denuncia llegó a tu domicilio, el plazo comienza al día siguiente de la recepción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara anular una sanción por exceso de velocidad, no busques excusas subjetivas, busca errores administrativos. Estos son los puntos donde el sistema suele fallar:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Un solo error en un dígito invalida la denuncia.
- Certificado de calibración: El cinemómetro debe haber pasado una revisión técnica vigente. Solicita el certificado de verificación periódica; si ha caducado o no se aporta, la multa es nula.
- Margen de error: En radares fijos, el margen de error legal es del 3% si el radar está instalado en un lugar fijo, y del 5% si es móvil. Si la velocidad registrada está dentro de ese margen de error técnico, el recurso prospera.
- Identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y la administración no aporta una prueba fotográfica clara donde se vea el rostro, puedes negar ser tú el conductor, aunque recuerda que estás obligado a identificarlo bajo amenaza de sanción económica grave.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Cruz Santa o por internet.
En el caso de Cruz Santa, si la multa ha sido impuesta por la Policía Local, debes dirigir tu escrito al Ayuntamiento de Los Realejos (al que pertenece administrativamente esta zona). Si la denuncia proviene de la Guardia Civil de Tráfico, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Santa Cruz de Tenerife.
La forma más eficiente es utilizar la Sede Electrónica de la DGT o el registro electrónico del Ayuntamiento correspondiente mediante certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar el número de expediente y las pruebas documentales que sustenten tus alegaciones.
Recuerda que, además de los radares, la normativa urbana es cada vez más estricta. Te recomendamos consultar