Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Costa Calma
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago, por lo que debes estar convencido de la existencia de un defecto de forma o un error en la medición.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido"; debes atacar la validez técnica del expediente administrativo. Busca estos fallos:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si no hay foto o es ilegible, la multa es nula.
- Falta del certificado de calibración (ITV del radar): La Administración debe acreditar que el cinemómetro ha pasado sus controles metrológicos anuales. Si el certificado está caducado o no se adjunta, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Inexistencia del margen de error: Todo radar tiene un margen de tolerancia legal (generalmente 5 km/h en radares fijos hasta 100 km/h, o un 5% si es superior). Si no se ha aplicado el margen de error legal sobre la velocidad captada, la sanción es recurrible.
- Datos erróneos: Revisa que la ubicación, hora, fecha y modelo del radar coincidan con la realidad. Un error en el punto kilométrico invalida la prueba.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Costa Calma o por internet
Las multas por exceso de velocidad en vías interurbanas son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa ha sido impuesta en la autovía FV-2 o carreteras de competencia estatal cercanas a Costa Calma, el organismo es la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas. Para evitar sorpresas en el futuro, es recomendable planificar tus rutas y consultar
Para presentar tus alegaciones, tienes tres vías principales:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la opción más rápida. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Accede al apartado "Presentación de alegaciones" y adjunta el escrito junto con las pruebas.
- Registro presencial: Puedes acudir a cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado (como las oficinas de Correos mediante el servicio de ORVE) para que remitan tu escrito a la Jefatura de Tráfico correspondiente.
- Ayuntamiento: Solo si la multa fue impuesta por la Policía Local dentro del casco urbano de Pájara, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Pájara, ya sea a través de su sede electrónica o registro presencial.