Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cordoba.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar la sanción con una reducción del 50% (renunciando a presentar alegaciones) o presentar un escrito de recurso. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o un error en la medición antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos puntos críticos en tu boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, obligatoriamente, la placa de matrícula. Si es ilegible o no existe, la multa es nula.
- Identificación del cinemómetro: La denuncia debe incluir el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última certificación del Centro Español de Metrología (CEM). Si el radar no ha pasado la revisión anual, la prueba no tiene validez legal.
- Margen de error: Aplica siempre los márgenes de error legalmente establecidos (7 km/h para radares fijos por debajo de 100 km/h, o un 7% si es superior). Si la velocidad medida no supera este margen, la sanción debe ser anulada.
- Falta de identificación del conductor: Si el vehículo es de empresa o está a nombre de otra persona, la administración debe probar quién conducía. Si no se identifica al infractor, el titular tiene el deber de hacerlo, pero si la notificación es defectuosa, el procedimiento puede caer.
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La competencia depende de dónde se haya cometido la infracción. Si el radar estaba en una vía urbana de la capital, el organismo sancionador es el Ayuntamiento de Córdoba. Si el radar estaba en autovías o carreteras interurbanas, la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Para presentar el escrito:
Presentación telemática (Recomendado)
- Si es DGT: Utiliza el portal 'Presentación de alegaciones y recursos' en la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve.
- Si es Ayuntamiento de Córdoba: Accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba. Busca el apartado de 'Tráfico y Sanciones' para presentar tu instancia general o el formulario específico de alegaciones.
Presentación presencial
Si prefieres el formato papel, puedes acudir a las Oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Córdoba o a cualquier registro oficial de la Administración General del Estado. Recuerda siempre llevar una copia para que te la sellen como justificante de entrada. Es vital que antes de circular por el centro de la ciudad, consultes el estado de las restricciones mediante