Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Churriana De La Vega
Si te han notificado una sanción por exceso de velocidad, el tiempo corre en tu contra. Tienes dos vías principales: el pago anticipado, que implica una reducción del 50% de la cuantía pero conlleva la renuncia a presentar alegaciones y la aceptación de la sanción (incluyendo la pérdida de puntos si aplica); o la vía del recurso administrativo. El plazo legal para presentar alegaciones es de 20 días naturales desde la notificación. Si decides recurrir, olvídate del pronto pago, ya que son incompatibles.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del expediente. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Identificación del cinemómetro: La denuncia debe especificar el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última verificación periódica (debe estar en vigor). Si falta alguno de estos datos, la multa es nula.
- Margen de error: Verifica que la Administración haya aplicado correctamente el margen de error legal del radar (según la Orden ITC/3123/2010). Si no se ha restado el margen correspondiente a la velocidad captada, la sanción es incorrecta.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida. Si no se identifica claramente la matrícula o si aparecen otros vehículos en la instantánea que puedan generar dudas sobre qué vehículo fue el infractor, tienes base para el recurso.
- Notificación: Si la denuncia te llegó con meses de retraso, comprueba si ha prescrito (generalmente 3 meses para infracciones leves y 6 para graves).
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Churriana De La Vega o por internet
El organismo al que debes dirigirte depende de la titularidad de la vía donde se produjo la infracción:
- Si la vía es urbana (travesías o calles de Churriana De La Vega): El organismo competente es el Ayuntamiento de Churriana de la Vega. Debes presentar el escrito de alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial.
- Si la vía es interurbana (carreteras que cruzan el término municipal): La competencia suele ser de la Dirección General de Tráfico (DGT). En este caso, el recurso debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada.
Para evitar futuras sanciones, es recomendable planificar tus rutas y estar atento a las restricciones de circulación. Puedes consultar las áreas restringidas mediante
Recuerda que, si el recurso administrativo es desestimado, aún te queda la vía del recurso de reposición o, en última instancia, el recurso contencioso-administrativo, aunque este último suele requerir de asistencia letrada por los costes que conlleva.