Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cercs
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Cercs, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si tu objetivo es anular la sanción, no pagues y actúa dentro de este margen temporal.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de velocidad vía radar, debes buscar fallos administrativos y metrológicos en la denuncia. Los motivos más efectivos son los siguientes:
- Falta de identificación de la vía o sentido: La denuncia debe especificar el punto kilométrico exacto y el sentido de la marcha. Un error en estos datos invalida la sanción por indefensión.
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar un margen de error legal (habitualmente del 5% si es fijo y del 7% si es móvil para velocidades inferiores a 100 km/h). Si no se ha aplicado sobre la velocidad captada, la multa es recurrible.
- Ausencia de fotografía o doble fotografía: Debe aportarse la imagen donde se distinga claramente la matrícula y, en muchos casos, es exigible una segunda foto de contraste para verificar la medición.
- Caducidad de la ITV del cinemómetro: El aparato debe contar con el certificado de control metrológico en vigor. Pide siempre la última revisión del aparato.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Cercs o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la multa, deberás dirigir el recurso a una administración u otra. Si el radar estaba ubicado en una vía urbana gestionada por el municipio, la alegación va dirigida al Ayuntamiento de Cercs. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas, el expediente se tramitará ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona.
Para evitar desplazamientos y asegurar que entra en plazo, la vía más recomendada es la telemática. Puedes presentar el escrito a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o mediante la Sede Electrónica de la DGT si es de su competencia, utilizando certificado digital o Cl@ve. Asimismo, si tu ruta incluye tramos restringidos, te recomendamos planificar tus trayectos y evitar sobresaltos