Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Catllar (El).
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales para optar por el pago con reducción del 50% o presentar alegaciones. Ten presente que, si decides recurrir, renuncias automáticamente al descuento por pronto pago. Si la multa ha sido notificada por la DGT, el plazo para presentar el escrito de alegaciones es de 20 días naturales desde la recepción de la notificación. Si la sanción proviene de la policía local de El Catllar, verifica el plazo específico indicado en el reverso del boletín, que suele seguir la misma normativa administrativa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Antes de pagar, revisa minuciosamente la notificación. Un error en los datos puede ser motivo suficiente para el archivo del expediente. Busca los siguientes defectos:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Datos del cinemómetro: La ley exige que el radar esté homologado y haya pasado la revisión metrológica en vigor. Si no consta el certificado o este ha caducado, la multa es nula.
- Fotografía: Si la imagen es borrosa, no permite identificar el vehículo o aparecen dos coches en el encuadre, la prueba es inválida.
- Márgenes de error: Asegúrate de que la administración haya aplicado el margen de error legal del radar, algo que suelen omitir en las sanciones de tramo o radar fijo.
- Identificación del conductor: Si no te identificaron en el acto, la administración debe acreditar quién conducía. Si no lo hacen, puedes alegar indefensión.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Catllar (El) o por internet.
Si la multa es de la DGT, debes presentar el recurso a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico. Si la sanción ha sido impuesta por el Ayuntamiento de El Catllar, deberás dirigir tu escrito de alegaciones a la Concejalía de Seguridad Ciudadana o Tráfico del propio municipio. Puedes hacerlo presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o, preferiblemente, a través de su sede electrónica municipal para obtener un justificante de registro con fecha y hora.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Te recomendamos utilizar herramientas como