Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Catabois
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Catabois, lo primero que debes decidir es si acogerte al descuento del 50% por pronto pago o iniciar la vía de recurso. Atención al plazo crítico: dispones de 20 días naturales desde la notificación para pagar la mitad o para presentar tus alegaciones. Recuerda que si presentas un recurso, renuncias automáticamente al descuento, por lo que debes estar muy seguro de que existen fallos en la denuncia antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad no basta con decir que ibas despacio; hay que atacar los errores técnicos y legales del boletín de denuncia y del cinemómetro. Los motivos de anulación más sólidos son:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología y la normativa de control de velocidad exigen aplicar un margen de error al radar (normalmente 3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 3% si es superior). Si la velocidad censada y la sancionable no reflejan esta resta, la multa es nula.
- Ausencia del certificado de revisión metrológica: Todo cinemómetro debe pasar controles periódicos. Solicita siempre el certificado de la última revisión en vigor y el boletín de verificación del aparato.
- Fotografías no válidas: En la denuncia debe constar la foto del vehículo en la que se aprecie con claridad la matrícula y, obligatoriamente, dos fotogramas (uno de plano general y otro de plano corto) para los radares fijos, o la acreditación de que el cinemómetro móvil estaba correctamente anclado y operado por agente autorizado.
- Identificación defectuosa: Errores en la fecha, hora, lugar exacto de Catabois o en los datos del vehículo.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Catabois o por internet
El organismo competente para tramitar la multa dependerá de quién haya instalado el cinemómetro. Si ha sido la Policía Local dentro del término municipal de Catabois, el expediente recae sobre el Ayuntamiento. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) en una vía interurbana, deberás dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
Para presentar tu escrito de alegaciones de forma efectiva, tienes dos vías principales:
- Por vía telemática (Recomendada): A través de la Sede Electrónica de la DGT o mediante el registro electrónico del Ayuntamiento de Ferrol/Catabois (según el organismo sancionador), utilizando certificado digital o Cl@ve. Es el método más rápido y deja constancia inmediata de la fecha de entrada.
- Presencial: En las Oficinas de Registro del Ayuntamiento o en las Oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto, dirigido a la Jefatura u órgano sancionador correspondiente.
Además de vigilar los límites de velocidad, es vital estar al día de las restricciones urbanas para evitar sanciones sorpresivas. Antes de circular por zonas sensibles, te recomendamos consultar