Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Castillejo De Mesleon
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Revisa meticulosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente. Si el vehículo fue vendido antes de la infracción, aporta el contrato de compraventa.
- Certificado de calibración: El radar debe haber pasado una revisión técnica vigente. Solicita el certificado de verificación periódica del cinemómetro utilizado; si ha caducado, la multa es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido por la normativa metrológica (dependiendo de si el radar es fijo o móvil y su velocidad).
- Calidad de la fotografía: La imagen debe ser nítida. Si hay varios vehículos en el encuadre o la placa no es legible, existe una clara indefensión.
- Ubicación y señalización: La señalización debe ser visible y cumplir con la normativa vigente en la zona.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Castillejo De Mesleon o por internet
Al tratarse de una sanción por exceso de velocidad en carretera (habitualmente gestionada por la Dirección General de Tráfico), no debes dirigirte al Ayuntamiento de Castillejo de Mesleón, sino a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la provincia donde ocurrió la infracción (Segovia). La forma más eficiente es a través del Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o mediante correo administrativo en una oficina de Correos.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Para evitar sanciones inesperadas al circular por entornos urbanos, te recomendamos consultar