Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Castanedo
Recibir una multa de velocidad en Castanedo por culpa de un radar no significa que debas pagarla automáticamente. Tienes un derecho fundamental a defenderte, pero el tiempo juega en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% o presentar un recurso de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el descuento por pronto pago, por lo que el escrito debe estar fundamentado en vicios legales reales y no en meras excusas.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de radar por exceso de velocidad, los juzgados y la administración suelen anular las sanciones basándose en errores administrativos y metrológicos muy específicos. Revisa con lupa la denuncia en busca de los siguientes defectos de forma:
- Falta de la doble fotografía: La normativa exige que el cinemómetro capte dos imágenes en momentos diferentes para acreditar que el vehículo estaba acelerando y no se trata de un error de lectura.
- Margen de error no aplicado: Los radares tienen un margen de error estipulado por ley (habitualmente del 5% para radares fijos y del 7% para móviles en vías limitadas a más de 100 km/h, o de 7 km/h y 8 km/h por debajo de esa velocidad). Si el agente o el sistema automatizado no ha restado este margen, la sanción es recurrible.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar controles periódicos de metrología. Si el certificado del Centro Español de Metrología (CEM) no está en vigor en la fecha exacta de la infracción, la multa es nula de pleno derecho.
- Identificación incorrecta del vehículo: Errores en la matrícula, modelo o en la ubicación exacta del cinemómetro dentro del término municipal de Castanedo invalidan el expediente.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Castanedo o por internet
La competencia para sancionar el exceso de velocidad suele recaer en la Dirección General de Tráfico (DGT) si el radar estaba en una carretera interurbana, o en el propio Ayuntamiento de Castanedo si la vía es de titularidad municipal. Debes comprobar el encabezado de la notificación para saber a qué organismo dirigirte. El escrito de alegaciones se puede presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica del organismo correspondiente (DGT o ayuntamiento) utilizando certificado digital o Cl@e, o bien de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros, o mediante correo certificado administrativo.
Además de vigilar los radares de velocidad en carretera, es fundamental estar al día con las restricciones urbanas de tráfico para evitar sanciones sorpresas en núcleos urbanos cercanos, utilizando herramientas como