Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Casas De Juan Nuñez
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con un 50% de descuento renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones. Ojo, si optas por la vía del recurso, pierdes automáticamente la bonificación del pronto pago, por lo que debes estar muy seguro de que existen fallos en la tramitación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una sanción de velocidad por radar, los abogados de tráfico buscamos errores administrativos insubsanables. Los motivos más efectivos para conseguir la nulidad son:
- Falta de metrología: El cinemómetro (radar) debe tener superada la ITV periódica (certificado de verificación del CEM). Si el certificado ha caducado o no se aporta en el expediente, la multa es nula.
- Margen de error aplicable: La norma obliga a restar un margen de error al dato captado (generalmente un 5% para radares fijos y un 7% para móviles si la velocidad es superior a 100 km/h). Si no se ha aplicado, se puede exigir la corrección o anulación.
- Identificación de la vía y el sentido: El boletín de denuncia debe especificar con exactitud el kilómetro, la vía y el sentido de la marcha. Un error en estos datos indefiende al conductor y tumba la multa.
- Falta de la segunda fotografía: En radares fijos se exigen dos fotogramas con un desfase temporal que acrediten el exceso de velocidad continuado, o al menos una imagen donde se aprecie claramente el vehículo y el entorno.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Casas De Juan Nuñez o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, el organismo competente varía. Si el radar pertenece a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, la multa la tramita la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si ha sido un radar instalado en vías urbanas o travesías gestionadas por el municipio, la competencia recae en el Ayuntamiento de Casas De Juan Nuñez.
Puedes presentar tu pliego de descargo e hurgar en los defectos de forma por los siguientes canales:
- Por vía telemática: Es la opción más recomendada por agilidad. Si es de la DGT, a través de su Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve. Si es de ámbito municipal, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Casas De Juan Nuñez.
- Presencialmente: En las oficinas de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento o en la Subdelegación de Gobierno correspondiente.
- Por correo administrativo: Presentando el escrito en sobre abierto en cualquier oficina de Correos para que sea remitido sellado al organismo sancionador.
Además de vigilar los límites de velocidad en carreteras convencionales o travesías, conviene estar atento a las restricciones urbanas de acceso a núcleos saturados. Para ello, herramientas como