Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Carranza
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar la sanción con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso administrativo) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en la notificación antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el exceso; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores técnicos:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legal establecido según el tipo de radar (fijo o móvil). Si la velocidad captada no incluye esta corrección, la sanción es nula.
- Falta de identificación: Si el vehículo es de empresa o alquiler, la notificación debe estar perfectamente dirigida. Si el conductor no coincide con el titular, la falta de requerimiento de identificación previa invalida la multa.
- Certificado de verificación: Exige el certificado de calibración vigente del radar. Si el equipo no ha pasado su revisión anual, la prueba carece de valor probatorio.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe ser nítida, mostrar la matrícula sin lugar a dudas y, en caso de radares móviles, debe identificar claramente el vehículo captado sin que haya otros vehículos cerca que puedan generar dudas sobre la medición.
- Caducidad: Si han transcurrido más de 3 meses (infracciones leves) o 6 meses (graves/muy graves) desde la infracción hasta la notificación, la multa ha prescrito.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Carranza o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad depende de la vía. Si el radar estaba ubicado en una carretera interurbana, la autoridad competente es la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT). Si fue en zona urbana dentro del municipio de Carranza, la competencia recae en el Ayuntamiento.
Presentación presencial: Puedes acudir al Registro General del Ayuntamiento de Carranza para presentar tu escrito de alegaciones dirigido al órgano sancionador correspondiente.
Presentación telemática: Es la vía más ágil. Utiliza la Sede Electrónica de la DGT si la multa es de tráfico estatal, o la sede electrónica del Ayuntamiento de Carranza si es municipal. Necesitarás certificado digital o Cl@ve. En tu escrito, incluye siempre el número de expediente sancionador y aporta las pruebas que desvirtúen la acusación.
Además, recuerda que la normativa de tráfico es cada vez más estricta con las restricciones de circulación. Es fundamental prevenir sanciones consultando las herramientas como